UNIDAD 5 LUCHA POR LA DEMOCRACIA

Lucha por la democracia sindical

energía, periódico del Frente de Trabajadores de la Energía

Hablar de democracia sindical es hablar de la permanente lucha de la clase trabajadora por abolir la explotación del hombre por el hombre y por lograr su mejoramiento económico, social y cultural.

Con el triunfo de la Revolución francesa nace una sociedad dividida en dos clases sociales antagónicas, una de las cuales posee la riqueza y la otra tan sólo cuenta con su fuerza de trabajo.

En junio de 1791 la Ley de Chapelier confirmó la desaparición de los gremios del sistema corporativista; el artículo 2º prohibía la asociación profesional, en tanto que el artículo 4º prohibía las coaliciones de trabajadores para buscar aumento de salarios.

El maestro De la Cueva considera "que la Ley de Chapelier fue la declaración de guerra que lanzó el Estado individualista y liberal burgués a los trabajadores. Y agregamos ahora que sirvió para que los obreros tomaran desde entonces conciencia de que su redención tendría que ser obra de ellos mismos...".1

No sólo quedó prohibida la coalición de trabajadores, sino que dicha conducta estaba tipificada como delito en el Código Penal francés de 1810, cuyo artículo 415 señalaba:

      Toda coalición de trabajadores para suspender conjuntamente el trabajo en un taller, impedir el ingreso o la permanencia en él antes o después de una hora determinada, y en general, para suspender impedir o encarecer el trabajo, si ha habido una tentativa o principio de ejecución, se castigará con prisión de uno a tres meses. Los jefes o promotores serán castigados con prisión de dos a cinco años.

En el siglo XIX se inicia una nueva etapa con la Ley Inglesa de Francis Place de 1824, la cual suprime las normas que prohibían las asociaciones de trabajadores y la huelga; de esta forma la agrupación de trabajadores y la huelga dejan de constituir un delito; sin embargo, ello no significaba que fueran reconocidos como derechos.

A finales del siglo XIX la mayoría de las legislaciones europeas suprimieron el delito de coalición. Ejemplo de ello fueron: Bélgica en 1866, con base en el derecho constitucional de asociación; Alemania con la Ley de Trabajo de Bismarck de 1869; Italia en 1890, etcétera. Se trataba de una etapa de tolerancia hacia las inquietudes de los trabajadores.

El reconocimiento del derecho de coalición fue el resultado de la lucha de los movimientos obreros de los distintos países durante muchos años.

En Inglaterra, la Ley de 29 de junio de 1971 reconocía personalidad jurídica de los Trade-Unions, para evitar los fraudes que cometían los representantes sindicales en relación con propiedades colectivas.

En Francia se empezaron a multiplicar las asociaciones de trabajadores de diversas tendencias y los movimientos de huelga, lo que hizo necesario expedir la Ley de 21 de marzo de 1884 que reconoció la legalidad de los sindicatos, y mencionó que para la creación de éstos no se requería de autorización gubernamental; sin embargo, contenía varias limitantes.

Ya en forma más amplia, en la Ley francesa de 1º de julio de 1901 se reconoció personalidad jurídica a los sindicatos, y se estableció el derecho a poseer un local para la administración de sus negocios y reunión de sus miembros.

Por lo que se refiere a México, vale puntualizar algunos aspectos de la vida sindical a partir de la Constitución de 1857, sin desconocer la existencia de diversos hechos anteriores que son resultado de las continuas luchas de los trabajadores para alcanzar el derecho a la sindicación.

La Constitución mexicana de 1857, de corte liberal, consagró en los artículos 5º y 9º la libertad de trabajo y el derecho de asociación, respectivamente.

El Código Penal de 1871 tipificaba la huelga como delito sólo en el caso de que formara un tumulto o motín, o se empleara violencia física o moral.

Dos acontecimientos fueron decisivos para lograr una apertura rumbo a la libertad sindical: la muerte de numerosos obreros en la represión de la huelga de mineros en Cananea (junio de 1906), y el conflicto textil de Río Blanco, en enero de 1907.

En 1910 se inició el movimiento en contra de la dictadura de Porfirio Díaz



DIAGNOSTICO DEL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL


LA DESCENTRALIZACIÓN EDUCATIVA

LA CRISIS DEL SECTOR EDUCATIVO.

LA CRISIS DE LOS 80'S



Comentarios

  1. Me pareció muy interesante como tienes tu información, la definiste muy bien en algo conciso, y estoy de acuerdo con tus puntos de vista

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  2. Un tema que me pareció importante e interesante fue el de lucha por democracia sindical pues fue una etapa en donde como docentes se luchó porque se le diera un verdadero valor a la profesión y además de la lucha constante contra las barreras a la que cada uno de los maestros se enfrentaba y como grupo al robo y corrupciones

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